jueves, 3 de agosto de 2017

¿Qué es una petición?


Antes de solicitar una visa de trabajador temporal en la Embajada de los Estados Unidos, usted debe obtener un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante aprobado por USCIS. Esta petición debe ser presentada por su futuro empleador no antes de seis (6) meses de la fecha propuesta de inicio del trabajo. Su empleador debe presentar la petición tan pronto sea posible dentro del periodo de 6 meses para dar tiempo suficiente a su procesamiento. Una vez aprobada, se le enviará un Formulario I-797 a su empleador, Notice of Action (Notificación de Proceso). Para más información, visite la página web de USCIS sobre Trabajadores Temporales.
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La visa tipo B1 y B2 está reservada para personas que tienen la intención de entrar en territorio de los Estados Unidos de América por motivos de placer o incluso negocios. Es una visa que no le permitirá una estadía más larga que tres meses y está reservada para personas que no tienen intención de permanecer en suelo americano por más tiempo que el periodo indicado más arriba.

El procedimiento para solicitar esta visa, puede comenzar con una entrevista con nosotros en G&C Asesoría de viajes para facilitarle sus procesos y asegurarse de que tenga la información apropiada para presentarse frente al cónsul con la preparación debida.

Hacemos un diagnostico de sus posibilidades y también ofrecemos el servicio de llenado del Formulario DS-160 que es el documento necesario para que usted pueda presentarse frente a un oficial de la oficina consular  en Santo Domingo y aumentar así sus posibilidades de obtener el visado.

Pongase en contacto con nosotros hoy mismo, Viaje tranquilo y seguro... New York, New York!

G&C Asesoría de VIAJES, VISADO, WHATSAPP 829-333-3981

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